viernes, 17 de julio de 2009

contexto institucional



REGLAMENTOS DE PRINCIOS GENERALES:


Artículo 1: La Formación Profesional Integral que orienta el Servicio
Nacional de Aprendizaje SENA busca potenciar las capacidades técnicas,
intelectuales, físicas y humanas del alumno para que a través de la
construcción y apropiación de conocimientos, la creatividad y la
participación genere y asuma valores para su realización personal y eficaz
desempeño productivo.



- Es alumno del SENA toda persona que se vincula a la
institución para desarrollar total o parcialmente los procesos y contenidos
de una acción de formación en ambientes propios de la entidad o fuera
de ella.


Las actividades de los Centros de Formación Profesional y
las Áreas de Desarrollo Empresarial, referidas a los procesos de ingreso,
registro, certificación, validación, homologación, evaluación del
aprendizaje, condicionamiento y cancelación de matrícula, están
excluidos del control de lo contencioso administrativo por ser actos
netamente académicos.


El Centro de Formación Profesional que tenga el servicio de
internado para alumnos tendrá disposiciones especificas inscritas en el
ámbito del presente Reglamento.



capitulo 2 : procceso de gestion academica



Los Centros de Formación y Áreas de Desarrollo Empresarial lideran y
responden por la administración de los procesos académicos y de los
servicios de bienestar al alumnado de tal manera que éstos contribuyan a
la creación de ambientes educativos propicios para el desarrollo
intelectual, afectivo, físico, social y cultural de los alumnos.



Artículo 10: Del proceso de Ingreso
El ingreso de aspirantes es el proceso de entrada a las diferentes
acciones de formación que ofrece el SENA y tiene como propósito
informar a los aspirantes acerca de los cursos y demás eventos, sus
requisitos de inscripción, e identificar aquellos que cuentan con el perfil
requerido por el programa de formación y por el medio laboral.




Artículo 11: De la Validación
Es el proceso de verificación y reconocimiento de aprendizajes previos
académicos y/o de experiencias laborales de las personas, con el fin de
identificar su dominio respecto de un programa de formación, para
certificarlos o para permitirles el ingreso a un nivel más avanzado dentro
del proceso de formación.
Artículo 12: De la Homologación
Es el reconocimiento académico que hace el SENA de los estudios o de
la capacitación de una persona, certificada por una entidad aprobada por
el Estado y cuyos programas de formación corresponden con los que
imparte el SENA.



Artículo 13: De la Evaluación del Aprendizaje
La evaluación es un proceso permanente mediante el cual se verifica en
forma objetiva y continua, la evolución, características y rendimiento
académico del alumno teniendo en cuenta los aspectos cognoscitivos,
sicomotrices, aptitudinales y actitudinales.



Artículo 15: De la Certificación
Al finalizar el alumno su proceso de formación y haber aprobado
satisfactoriamente el programa en el cual está matriculado, el SENA le
expide el reconocimiento a sus competencias, en el correspondiente nivel
de formación, de conformidad con las normas vigentes en el Manual de
Registro y Certificación


CAPITULO 3 DEBERES Y DERECHOS DISTINCIONES Y PROHIVICIONES:



El derecho es la potestad que tiene la persona de gozar de libertades y
oportunidades sin exclusión alguna por razones de sexo, raza, origen
familiar o nacional, política, religión o lengua.
Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y a la
formación de su personalidad, garantizando así su desarrollo armónico e
integral.
Los alumnos del SENA tienen derecho a:
1. Recibir formación integral, acorde con los principios generales de la
educación colombiana, con la misión y objetivos del SENA y con los
programas de formación profesional establecidos.
2. Recibir, al iniciar el proceso educativo a través de la Inducción, la
información acerca de la naturaleza de la formación profesional integral,
de la estructura, organización y funcionamiento del SENA, de la Regional,
Seccional, Centro o Área de Desarrollo Empresarial respectivo, además
de la proyección socioeconómica de la ocupación u oficio de su interés.
Particularmente debe conocer el Reglamento para Alumnos del SENA y
toda la regulación frente a sus derechos y deberes, al comportamiento y
participación dentro de la comunidad educativa.



Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por
directivos, docentes y personal administrativo, ante las dificultades que
se puedan presentar en su proceso de formación



. Recibir la certificación que le corresponda, según el nivel de formación
alcanzado, siempre y cuando haya aprobado satisfactoriamente el
programa respectivo.
. Presentar, verbalmente o por escrito, y en forma comedida, las
sugerencias o iniciativas que propendan por su bienestar y el del
personal del Centro o Área de Desarrollo Empresarial.
. Participar en las actividades académicas, culturales, deportivas y
sociales programadas por la Comunidad Educativa.
. Recibir estímulos, distinciones e incentivos por su espíritu
investigativo, habilidades académicas y deportivas, actuaciones culturales
y sociales o de servicio a la Comunidad Educativa.


DISTINCIONES DEL ALUMNO:




El SENA otorgará distinciones y estímulos a los alumnos para mantener,
optimizar y premiar su rendimiento académico y su comportamiento
meritorio. Son distinciones y estímulos los siguientes:
. Distinción pública por su desempeño académico sobresaliente, en
forma escrita con copia a su ficha acumulativa.
. Designación como monitor del programa, asignatura o proceso
respectivo.
. Financiación, publicación y divulgación de los trabajos investigativos
realizados.
. Inclusión en delegaciones para participar en eventos de carácter
nacional o internacional, organizados por instituciones de Formación
Profesional o por empresas.


PROHIVICIONES DEL ALUMNO:



. Portar o usar armas de cualquier índole.
. Comercializar, portar o ingerir dentro de la Institución o en los lugares
donde se desarrolle la formación profesional, bebidas alcohólicas o
estupefacientes. Así mismo, presentarse en estado que indique
anormalidad provocada por el consumo de éstos.
. Ingresar o salir de cualquier instalación del Centro de Formación o de
la entidad donde se desarrolle la formación, por sitios diferentes a la
portería, saltando muros, cercas o violentando puertas, ventanas y
cerraduras.
. Utilizar el nombre del SENA y/o sus instalaciones para actividades
particulares, sin aprobación de la Entidad, con el propósito de lucro.



.Destruir o dañar intencionalmente los elementos de propiedad del
SENA, de las instalaciones donde se desarrollen los programas de
formación, o de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. Sacar
sin la debida autorización los bienes que no sean de su propiedad.
. Amenazar, sobornar, coaccionar, agredir verbal o físicamente a
cualquiera de los miembros de la Comunidad Educativa.
. Impedir el desarrollo de las labores del Centro de Formación o Área
de Desarrollo Empresarial y de los sitios en donde se esté
desarrollando la formación profesional, fomentando o secundando la
indisciplina y desorden en oficinas, aulas, talleres, sitios de práctica,
zonas comunes, bibliotecas.


NORMAS REGULADORAS DEL COMPORTAMIENTO Y LA ASISTENCIA:



El conjunto de normas, procedimientos e instancias que regulan el
comportamiento y asistencia de los alumnos del SENA, buscan garantizar
el respeto por los valores, el orden y el debido proceso formativo


- Se considera falta, el incumplimiento de cualquiera de los deberes y la
realización de cualquiera de las prohibiciones establecidas en el presente
Reglamento. Se clasifican en Académicas y Disciplinarias


- Falta académica es aquella que está directamente relacionada con su
compromiso en la apropiación y creación de conocimientos, desarrollo de
habilidades y competencias y que se manifiesta en el incumplimiento a los
deberes académicos que le corresponden


- Falta disciplinaria es aquella que está directamente relacionada con
factores comportamentales y que por su naturaleza puede ser leve o
grave.


- Falta leve es aquella que no atenta contra la integridad física, moral y
buenas costumbres de las personas.

- Falta grave es aquella que atenta contra la integridad física, el debido
respeto, la honradez, la moral y el buen nombre y costumbres de las
personas que conforman la Comunidad Educativa.


-Cancelación de matrícula, mediante comunicación escrita
firmada por el Jefe respectivo.


- De la Estructura y Funciones del Comité de Evaluación y
Seguimiento Existirá y funcionará en todos los Centros de Formación Profesional del
SENA el Comité de Evaluación y Seguimiento, ente de carácter consultivo
y asesor para el Jefe de Centro. Estará constituído por el coordinador
académico, por los docentes que orientan los respectivos programas de
formación,


ETAPA PRACTICA EN EL SENA:



La teoría y la práctica son dos dimensiones esencialmente articuladas en
todo el proceso de formación profesional integral; por lo tanto, la etapa
práctica es un componente indisoluble del proceso formativo y tiene como
objetivo la ampliación y construcción de los conocimientos, el mayor
desarrollo de las habilidades y destrezas adquiridas en la etapa lectiva.


Para los tecnólogos no existe norma que obligue a las empresas a
ejecutar contratos equivalentes a los de aprendizaje y se debe buscar la
cooperación de gremios, grupos empresariales y grandes empresas para
el desarrollo de la práctica respectiva
Durante la etapa práctica es obligatoria la asistencia del alumno a las
reuniones que programe el Centro de Formación o Área de Desarrollo
Empresarial, de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Aprendizaje.


EVALUACION DELA ETAPA PRACTICA EN LA EMPRESA:



La evaluación en esta etapa se define como la acción que permite
contrastar el desempeño del alumno en la empresa con el programa de
formación enviado por el SENA. Esta evaluación la efectúa directamente
el empleador bajo su responsabilidad de manera concertada con el
alumno.
En las empresas donde se desarrolle formación, el equipo docente de la
empresa será el responsable de esta evaluación.


Del Cambio de Empresa Patrocinadora
Es causal de cambio de entidad patrocinadora, cuando el SENA
comprueba que el alumno no está ejerciendo la práctica pertinente que le
garantiza completar el ciclo de su formación en forma efectiva. En caso
contrario el SENA no autorizará el cambio de empresa.



la Terminación del Contrato de Aprendizaje:


La terminación unilateral del Contrato de Aprendizaje con justa causa por
parte del empleador, será motivo para la cancelación de la matrícula en el
SENA, previo análisis y concepto del Comité dela evaluacion y el seguimiento.



LA REPRESENTACION DE LOS ALUMNOS:



El alumno es el eje del proceso formativo y como tal debe participar
activamente en su formación profesional integral, favoreciendo así el
desarrollo de la personalidad, de los criterios, de la solidaridad, de la
crítica constructiva, de las responsabilidades, del trabajo en grupo,
además de la toma de decisiones para la solución de conflictos y
problemas.


Los voceros y representantes de los alumnos lo son de sus Derechos y
Deberes consignados en el Capítulo Tercero del presente Reglamento,
protegiendo la aplicación de los primeros y facilitando el cumplimiento de
los segundos, tanto de los trabajadores calificados, técnicos y tecnólogos
como de los alumnos en cursos de actualización, con el fin de cualificar un ambiente educativo.


las votaciones serealizaran por medio de urnas las cules el SENA no lo facilitara en el momento en el que lo realicemos



LAS FUNCIONES DEL VOCERO:



· Promover en coordinación con los representantes el ejercicio de los
derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la Constitución
Nacional y los establecidos en el presente Reglamento.
· Asesorar a los representantes elegidos en el cumplimiento de sus
funciones.
· Conformar Comisiones de Trabajo – en las que participan los alumnos
según expectativas- y presentarlas ante los alumnos, docentes y
directivos del Centro. Estas Comisiones de Trabajo tendrán su
programa y funciones específicas, y podrán ser:
- Apoyo al proceso pedagógico.
- Sensibilización para la conservación y mejoramiento del ambiente.
- Participación y educación ciudadana.
- Servicios especiales para atender necesidades básicas (cafetería,
transporte, internado, servicio médico y odontológico, ornamentación y
aseo del Centro).



Participar en el Comité de Evaluación y Seguimiento con voz y voto, y en
aquellos que se creen o fortalezcan para el mejoramiento de los procesos
académicos y de bienestar al alumnado.
· Participar en el Comité de Formación Integral - que debe funcionar en
cada Centro- en la toma de decisiones referentes a la (s):




MANUAL DE CONVIVENCIA:



Es la condición de relacionarse con las demás personas a través de una
comunicación permanente fundamentada en el afecto, respeto y
tolerancia que permita convivir y compartir en armonía con los demás en
las diferentes situaciones de la vida.


Las actitudes de convivencia se basan en las pautas que rigen la vida de
la comunidad educativa SENA dentro y fuera de sus ambientes de
aprendizaje y ellas se reflejan así:


- En Nuestra Vida Diaria
-En el SENA




EN NUESTRA VIDA DIARIA:



Respetar a los miembros de la comunidad educativa, siendo solidario,
tolerante y prudente en la información.


*Moderar las expresiones afectivas entre aprendices y evitando situaciones
que incomoden a otros miembros de la comunidad educativa
*Cuidar la presentación y aseo personal.
*Cuidar el bienestar físico y psicológico de sí mismo y de los demás.
*Reconocer, compartir y construir conocimiento con los compañeros y
demás integrantes de la comunidad educativa


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