viernes, 17 de julio de 2009

CONTEXTO NACIONAL



Antecedentes derechos y deberes de los trabajadores.

Cuando surgió el proceso comúnmente llamado globalización, se dio por supuesto que la Internacionalización, los cambios Tecnológicos, la economía de mercado y la democratización, proporcionarían los elementos esenciales para el crecimiento, el empleo y el bienestar. Indicador tras indicador revelaron que el crecimiento era desigual. La pobreza no había sido erradicada, seguía existiendo la injusticia social, y aumentaban las desigualdades.

En 1990 se creo la OIT y con esta se crearon normas estatutos que apoyaron al trabajador, en 1995 la cumbre se reunió para debatir el desarrollo social y de finieron unos nuevos campos de acción, definieron que al trabajador le darían un mejor trato a su desempeño laborar, acordaron proteger los derechos de los trabajadores y no habría discrimacion de clases.
El tercer compromiso de la Cumbre afirma que el pleno empleo es una prioridad básica
de las políticas económicas y sociales.
Además, los delegados acordaron proteger los derechos básicos de los trabajadores y con ese fin, promover "la observancia de los convenios pertinentes de la Organización
Internacional del Trabajo, incluidos los que tratan de la prohibición del trabajo forzoso y
el trabajo infantil, a Constitución de la OIT fue redactada por la Comisión de Legislación Internacional del Trabajo

En 1919 Reconoce los derechos de todos los seres humanos de perseguir su Bienestar material y su desarrollo espiritual «en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades»

1944 La OIT y la UN se unieron y crearon la ONU.

1946 Aumento la seguridad de los seres humanos, y se centró en el aumento del empleo, la reducción de la pobreza y la promoción de la integración social.

1995 La OCDE respalda las normas desde un punto de vista económico, que incorporan los derechos humanos fundamentales,

La declaración de la OIT establece 4 principios fundamentales:
1 La libertad de asociación y la libertad Sindical
2 El reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva
3 La eliminación del trabajo forzoso u obligatorio,
4 La abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.




Menciona en particular a los grupos con necesidades especiales, tales como los desempleados y los trabajadores emigrantes. Reconoce que el crecimiento económico por sí solo no es suficiente para asegurar la equidad y el progreso social y para erradicar la pobreza.

Declaración

Tienen por finalidad atender necesidades concretas relacionadas con la Declaración y fortalecer las capacidades locales facilitando así la aplicación de los principios en la práctica.


Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento

1 Igualdad de oportunidades
2 Riqueza justa
3 Desarrollar plenamente su potencial Humano
4 Reconocimiento universales en la promoción de los derechos fundamentales en el trabajo como expresión de sus principios constitucionales

Conferencia Internacional del trabajo condiciones específicas:

1 principios y derechos han sido expresados y desarrollados en forma de derechos y obligaciones específicos en convenios que han sido reconocidos como fundamentales dentro y fuera de la Organización.
2 todos los Miembros, aun cuando no hayan ratificado los convenios aludidos, tienen un compromiso que se deriva de su mera pertenencia a la Organización de respetar, promover y hacer realidad, de buena fe

Objeto de esos convenios:

1 libertad de asociación y la libertad
2 sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva
3 la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio.
4 la abolición efectiva del trabajo infantil.
5 la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación ofreciendo cooperación técnica y servicios de asesoramiento

Reconoce

La obligación de la organización de ayudar a sus miembros respetar, promover y hacer realidad los principios relativos a los derechos fundamentales que son objeto de esos convenios

Subraya que las normas de trabajo no deberían utilizarse con fines comerciales proteccionistas


Seguimiento de la declaración

El objetivo del seguimiento descrito a continuación es alentar los esfuerzos
Desplegados por los Miembros de la Organización con vistas a promover los principios y derechos fundamentales

1. Objetivo General

Esos principios y derechos fundamentales. No podrá sustituir los mecanismos de control
Establecidos ni obstaculizar su funcionamiento; por consiguiente, las situaciones particulares propias al ámbito de esos mecanismos

Los dos aspectos del presente seguimiento, descritos a continuación, recurrirán a los procedimientos ya existentes; el seguimiento anual relativo a los convenios no ratificados la Constitución, y el informe global permitirá optimizar los resultados de los procedimientos llevados a cabo en cumplimiento de la Constitución.

Su objeto es proporcionar una oportunidad de seguir cada año, mediante un procedimiento simplificado que sustituirá el procedimiento cuatrienal


2. Seguimiento anual relativo a los convenios fundamentales no ratificados

El seguimiento se basará en memorias solicitadas a los Miembros en virtud, materia de cooperación técnica destinados a movilizar los recursos internos y externos necesarios al respecto. Cada año de una de las cuatro categorías de principios derechos fundamentales.

Modalidad

Resultado del seguimiento anualmente mencionado. En el caso de los Miembros que han ratificado los convenios correspondientes, llamar la atención sobre los aspectos que merezcan en su caso una discusión más detallada la Oficina podrá recurrir a un grupo de expertos nombrados con este fin por el Consejo de Administración ajustarse el procedimiento en vigor del Consejo de Administración para que los Miembros que no estén representados en el mismo

Informe Global de aplicación El objeto de este informe es facilitar una imagen global y dinámica de cada una de las categorías de principios y derechos fundamentales Organización y establecer las prioridades para el período siguiente mediante programa.

Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento debidamente adoptada por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo en el curso de su octogésima.


Derechos y deberes de los colombianos

- Que es derecho es enderezar y guiar, ordenar, conjunto de normas jurídicas que surgen de la sociedad la finalidad de regular
Las relaciones entre los miembros de esa
Sociedad (las personas)



Deber:


Hace alusión a estar obligado a algo por la Ley divina, natural o positiva así como
Aquella con obligación de respeto, gratitud U otros motivos con alguien.

Estos se dividen en tres grupos:

- los derechos fundamentales o de primera generación:
- derecho ala vida
- derecho ala libertad

Se prohíbe la aplicación de modelos esclavistas y autoritarios, la constitución garantiza la libre asociación el desarrollo de las distintas actividades que las personas realicen en sociedad. Por lo tanto los trabajadores tienen derecho a organizar su propio sindicato o asociaciones sin intervención del estado.

Derechos económicos sociales y culturales o de segunda generación

Estos derechos hacen referencia ala calidad de vida y satisfacción de las nesecidades basitas, también se deja claro que la mujer tiene igualdad derechos con el hombre y por lo tanto no tendrá ninguna clase de discriminación.
La constitución otorga protección ala infancia y la adolecensia. La constitución va ampliar la cobertura del sector de la seguridad social, que comprende la prestación de servicios médicos.


Derechos económicos; sociales y culturales:



Derecho a una vivienda digna, recreación y al deporte derecho ala huelga ala privacidad.

Derecho ala educación:
Es un derecho publico que tiene una función social el estado se compromete a promover y fomentar eventos cultures, la constitución garantiza la libertad de prensa y el derecho acceder a documentos públicos,

Derechos colectivos y del ambiente o de tercera generación:
Este artículo trata del bienestar de la comunidad y el espacio publico y ecológico. También la calidad de bienes y servicios ofrecidos ala comunidad, y en cuanto al medio ambiente el se propone a planificar el manejo y el aprovechamiento de los recursos naturales.
Protección y aplicación de los derechos:
Esta destinado hacer cumplir todos los derechos mencionados anterior mente para ello se disponen mecanismos legales los cuales los colombianos podemos acudir en el momento en que nos violan nuestros derechos


Deberes y obligaciones:

Los colombianos están obligados respetar la leyes preconizadas en la carta constitucional.los deberes son:

- Respetar a los demás y las autoridades.
- La defensa de los derechos humanos.
- La conservación del medio ambiente.



PRESTACION SOCIAL


ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL:


El estado nos garantiza el derecho a la seguridad social este servicio se presta por el sistema se seguridad social y tiene cobertura en toda la población en los términos establecidos en la ley 100 de 1993.
Esta conformado:

1. sistema de seguridad en salud
2. sistema general de pensiones
3. sistemas general de riesgos profesionales

Características:
El sistema de seguridad social establece dos grupos de afiliados:
1. El de los contribuyentes. Aplica para el sistema de salud y riesgos profesionales.
2. El régimen subsidiado para el sistema de pensiones.
Sistema general de seguridad social

El sistema general en seguridad social creado por la ley 100 de 1993 realiza un cambio sobre aseguramiento que influye en los modelos de atención y prestación en los servicios de salud.
Se define como aseguramiento en salud donde las entidades aseguradoras del sistema promueven y ejecutan la afiliación y se hacen las cotizaciones correspondientes, los principales actores son. EPS, ARS, ESS también las aseguradoras de riesgos profesionales y red de prestadores como IPS, y otras.
Regímenes

Régimen contributivo: personas que reciben rentas o salarios o cualquier retribución por contraprestación de servicios, en este grupo los afiliados están obligados a realizar aportes periódicos para mantener el equilibrio de la seguridad social.
Régimen subsidiado: esta conformado por aquellas personas que no tienen la capacidad económica para cotizar, entonces el estado contribuye con el aporte parcial de esta; con el motivo de que afiliado complete su aporte para lograr un equilibrio.
La solidaridad se garantiza mediante la cotización de los afiliados dependiendo de su capacidad económica y no por aspecto individual.
Permite superar los condiciones de ineficiencia en la asignación y utilización de recursos, a través de incentivos para el mantenimiento de la salud y los recursos en función de las demanda de las población y no en la oferta de servicios.
Objeto del sistema general de pensiones: Garantizar a la población el amparo de la vejez, invalidez o muerte
Mediante las prestaciones y las pensiones, así como la cobertura para los que no le cubra el sistema.
La afiliación al sistema general de pensiones se obliga a:
Todas las personas con contrato de trabajo, servicios públicos, independientes, con subsidio, trabajadores ECOPETROL.

El sistema general de pensiones se conforma por dos regímenes:
Régimen solidarios de prima media administrada por el instituto de seguros sociales y régimen de solidaridad individual administrada por fondos privados.

El sistema general se riesgos profesionales: es el conjunto de normas y procedimientos destinados a prevenir proteger los trabajadores en efecto de enfermedades o cualquier accidente de trabajo
A este están afiliados trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, los jubilados que se incorporen a laza laboral como independientes.

Afiliación voluntaria a sistemas de riesgos profesionales:
Trabajadores independientes que la afiliación se hace a través de la empresa contratante, gremios y asociaciones respondiendo por el aporte a riesgos profesionales y reporte de novedades.

Objetivos del sistema de riesgos profesionales:
1. establecer las actividades de promoción y prevención a todos los trabajadores.
2. fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores.
3. reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones por incapacidad, invalidez que deriven del trabajo.
4. fortalecer las actividades para establecer el origen de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y el control de agentes de riesgo ocupacional.


PRESTACIONES SOCIALES


Las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral. Las prestaciones legales son:
Prima de servicios: Equivalente a 15 días de salario por el tiempo laborado durante el semestre. Esta prestación se paga el 30 de junio y el 20 de diciembre, o a la terminación del contrato de trabajo.
Vacaciones: Las vacaciones consisten en el descanso remunerado que debe el empleador al trabajador equivalente a 15 días hábiles de vacaciones por cada año de servicio. La mitad de las vacaciones puede ser compensada en dinero durante la vigencia del contrato, previo permiso del Ministerio de Protección Social.
Auxilio de cesantía: Este beneficio tiene como fin brindarle al trabajador un medio de subsistencia a la terminación del contrato de trabajo. Existen dos regímenes para la liquidación y pago de las cesantías: los trabajadores vinculados con anterioridad al primero de enero de 1991 están sujetos al régimen de retroactividad de las cesantías, de acuerdo con el cual éstas se liquidan en su totalidad a la terminación del contrato de trabajo; y los trabajadores vinculados con posterioridad al primero de enero de 1991, y aquellos que, habiéndose vinculado con anterioridad a esta fecha, se hayan acogido al régimen de esta ley, están sujetos a la liquidación anual de las cesantías
Intereses de cesantía: En enero de cada año, el empleador debe pagar directamente al trabajador intereses sobre las cesantías a una tasa del 12% anual.
Subsidio familiar: Todas las empresas deben inscribirse en una caja de compensación familiar. Esta inscripción otorga al trabajador el derecho a obtener subsidios en efectivo para sus hijos menores de edad, así como servicios de capacitación, vivienda y recreación. De igual manera, los afiliados tendrán derecho a un subsidio de desempleo, manejado por las mismas cajas de compensación familiar, pero regulado y controlado por el gobierno. El empleador debe pagar, dentro de los 10 primeros días de cada mes, una suma equivalente al 9% del monto de la nómina a la caja de compensación que haya seleccionado.



OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR




Seguridad Social: El sistema de seguridad social comprende pensiones, salud y riesgos profesionales, Pensiones: El sistema cubre los riesgos de invalidez, vejez y muerte por causa común, y tiene dos regímenes independientes. Uno administrado por el Instituto de Seguros Sociales - ISS- que maneja un fondo común y otro de capitalización individual a cargo de las administradoras de fondos de pensiones. Salud: El sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador y de su familia que están establecidas en el programa de atención denominado Plan Obligatorio de Salud -POS- y la maternidad. El empleador debe consignar el 12,5% del salario mensual del trabajador, del cual el 8,5% está a cargo del empleador y el 4% restante a cargo del empleado. Este monto es deducido del salario mensual del trabajador. Riesgos Profesionales: Este sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e igualmente las pensiones por invalidez y muerte generadas por tales enfermedades. Obligaciones de los empleadores para la afiliación del sistema de la seguridad social Para lograr el éxito y la competitividad en los mercados Internos así como en los externos, es fundamental la organización y gestión empresarial. La gestión del capital humano en las empresas es la clave del éxito, y constituye un elemento cada vez más importante en la consecución de los objetivos empresariales Obligaciones de los empleadores para la afiliación de la seguridad social Los empleadores tienen la potestad de dirigir y organizar la producción de bienes o servicios, siendo correlativo a ese poder de dirección el deber de protección de la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.Obligaciones de los empleadores para la afiliación del sistema de seguridad social.
Cualquier organización que realice algún tipo de actividad económica, es importante que implemente los procedimientos requeridos para el registro legal de una empresa en Colombia, en donde la afiliación de los trabajadores a los tres sistemas que componen el Sistema de Seguridad Social en Colombia, es un elemento fundamental para garantizar la productividad y el éxito económico de la organización.
Obligaciones frente a la seguridad social
Según la ley todos los empleados, trabajadores independientes (con ingresos totales mensuales superiores a un (1) salario mínimo) y los pensionados, deben estar afiliados al Régimen Contributivo. La responsabilidad de la afiliación del empleado es del empleador .Los deberes del empleador en el marco de la Seguridad Social son:

– Aportar un porcentaje de la prima correspondiente a cada empleado en los seguros de salud, pensiones y riesgos profesionales: este porcentaje es diferente en salud y en pensiones; en riesgos lo paga todo el empleador.
– Informar a los Administradores del Sistema de Seguridad Social, tanto en la afiliación de sus trabajadores, como la relación de los retiros y novedades de la empresa.
Tabla para el cálculo del aporte a seguridad social en salud, riesgos profesionales y pensiones.



Ejemplo de liquidación para un trabajador quien devenga el salario mínimo, jornada laboral de 8 horas, se evidencia el costo asumido por el empleador y por el Empleado

El empleador, y en general cualquier persona natural o jurídica que impida o atente en cualquier forma contra el derecho del trabajador a su afiliación y selección de organismos e instituciones del Sistema de Seguridad Social Integral se hará acreedor, en cada caso y por cada afiliado, a una multa impuesta por las autoridades del Ministerio de la Protección Social en cada caso, que no podrá ser inferior a un salario mínimo mensual vigente ni exceder cincuenta veces dicho salario.

Procedimiento para el registro y pago a través de PILA
Diligenciar la Planilla
Una vez la persona se encuentra inscrita debe diligenciar los datos básicos de la empresa y sus empleados o los del trabajador independiente y, si los tienes, sus empleados.
Para el procedimiento de diligenciamiento de la planilla, esta se realiza por un sola vez y no para subsistema o administradora (EPS, AFP, ARP, Caja de Compensación, SENA e ICBF). Para los independientes, en general, sólo son obligatorios los aportes a salud (EPS9 y pensiones (AFP), el pago de Riesgos profesionales es voluntario.
Los trabajadores independientes que están contratados por una empresa, pueden convenir con ésta para que sea ella la que realice los pagos
Procedimiento para el registro y pago a través de PILA
Luego de realizar el pago qué pasa? Una vez confirmado el pago, el sistema de información generará los archivos de salida y distribuirá la información en formato electrónico, a los diferentes actores, de la siguiente forma:
La Planilla totalmente diligenciada, al apartante
La información de los Aportes para cada Administradora, incluidas las AFP, EPS, ARP, CCF, SENA, ICBF, ESAP y Ministerio de Educación Nacional, según las especificaciones de los archivos de salida de este sistema. La información con los pagos será enviada a cada una de las administradoras con el detalle de crédito respectivo proveniente de la institución financiera que presta el servicio.
Plazo para la Implementación de PILA
Con el propósito de que el sistema de autoliquidación y pago integrado denominado Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, pueda contar con el tiempo necesario para que la liquidación asistida entre plenamente en funcionamiento, la fecha de obligatoriedad para su utilización para los aportantes y los pagadores de pensiones que cuenten con 10 o menos cotizantes, será el 2 de mayo de 2008 y para los trabajadores independientes el 1° de julio de 2008 (Decreto 728 del 7 de Marzo de 2008)
Generalidades
La Planilla Integrada o Planilla Unificada es un mecanismo para que una empresa o aportante pueda, a través de un solo pago, realizar todos los aportes a las diferentes administradoras de la Seguridad Social (Administradora de Fondo de Pensiones- AFP, Entidad Promotora de Salud- EPS y Administradora de Riesgos Profesionales-ARP) y así mismo, de las entidades parafiscales a las cuales realiza aportes (SENA, ICBF y Caja de Compensación), a través de los Operadores de Información, que son las entidades que facilitan mediante servicios en línea o asistencia telefónica, la creación y envío de la planilla integrada electrónica la cual es remitida con sus pagos a las diferentes administradoras
La planilla única de pagos permite garantizar que en las empresas, tanto empleadores como trabajadores, realicen sus aportes que por Ley les corresponde, tanto a la Seguridad Social como los aportes Parafiscales
. Trabajadores independientes
Gracias a la implementación de la planilla única, los trabajadores independientes de acuerdo a el IBC podrán realizar el aportes a Salud y Pensión en un solo proceso
Una vez usted se identifica como trabajador independiente en la planilla, el sistema electrónico debe permitirle cancelar exclusivamente la salud y la pensión. Aunque muchas empresas lo exigen al momento de conceder un contrato, en este caso, la afiliación a una administradora de riesgos profesionales es voluntaria
.Colombianos en el Exterior
Los colombianos que se encuentren fuera del país, no tienen la obligación de cotizar ni a la Seguridad Social en Salud ni al Sistema General de Pensiones, pero si han decidido permanecer en el régimen contributivo para poder acceder a chequeos médicos y tratamientos, en caso de necesitarlos cuando viajan de vacaciones al país, deberán hacer sus aportes como trabajadores independientes y cotizar a pensión, sin importar que en su país de residencia también estén realizando estos aportes.
.Empresas- Microempresas
Sin importar el tipo de negocio, ni si se trate de una compañía unipersonal, todas las empresas deben sumar a las cotizaciones en salud y pensión de sus trabajadores, los aportes parafiscales a las cajas de compensación, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y el Sena.
.Servicio Doméstico
Los aportes que se realizan para el pago de la seguridad social de los empleados del servicio doméstico, deben estar dirigidos a salud, pensión y riesgos profesionales de manera obligatoria, la ley no exige el pago de contribuciones parafiscales ( Ver documentos de apoyo “Aclaraciones a las resoluciones 0634 y 1317 de 2006)
Procedimiento para el registro y pago a través de PILA
Par realizar los pagos por este sistema, el aportante deberá tener un acceso seguro a Internet y una cuenta en una Entidad Bancaria. De esta manera, el primer paso a seguir es matricularse con un Operador de Información y hacer un registro de los datos de la empresa y sus trabajadores. Desde allí también podrá reportar las novedades y hacer el pago de manera electrónica. Esto aplica también para Trabajadores Independientes
Procedimiento para el registro y pago a través de PILA
Inscripción ante un operador de Información Se cuenta con 21 operadores a Nivel Nacional habilitados para prestar este servicio. Las personas o empresas deben identificar el operador quienes les brindará las orientaciones sobre cada etapa del procesoEl aportante se registrará previamente ante la entidad que le prestará el servicio. Este procedimiento tiene por objetivo permitir el registro de la información básica del aportante, la asignación de las claves, niveles de acceso, autorizaciones y la habilitación para que le sean debitados los recursos de los aportes.
• La planilla puede ser electrónica o asistida, cuando se utiliza la estrategia de planilla asistida, se contará con asesoría por teléfono o personal de un asesor quien apoyará el proceso de diligenciamiento y dudas que se presenten. Solo será aplicada para empresas con menos de 20 empleados o para lso trabajadores independientes.
• Si el aportante utiliza la liquidación asistida, el operador de Información debe advertirle sobre los intereses de mora que se generarán si no efectúa el pago en la fecha límite prevista para ello.

El sistema de información verificará las validaciones y comprobará que los archivos planos que van a ser cargados en el sistema sean los señalados. Como producto de la verificación el sistema generará un reporte de las inconsistencias encontradas. En caso de encontrar inconsistencias, el aportante corregirá los archivos planos y los podrá volver a cargar en el sistema. Una vez el sistema no encuentre inconsistencias subirá los archivos al sistema y generará la planilla de autoliquidación con sus correspondientes totales
Sistema General de Seguridad en Salud
Ejemplo: Carlos Meneses es trabajador independiente de venta de productos alimenticios, de acuerdo a sus ingresos cotiza al Sistema de Seguridad Social y Pensión con Un (1) salario mínimo mensual, cuál es su aporte a el pago mensual de seguridad Social? Como se evidencia en la tabla ejemplo, de acuerdo a la reglamentación, el Porcentaje de pago al sistema de seguridad social es del 12% del IBC y del 16% para Pensión, por lo cual el aporte mensual que deberá realizar Carlos , correspondería en total a $ 131.528



Base de cotizaciónLa base de cotización de los trabajadores independientes no será inferior a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a 25 veces dicho salario.
Para el monto de la cotización se tendrá en cuenta la tabla de pago de cotizaciones y no podrá ser inferior al 0.348%, (en riesgo I) ni superior al 8.7% (riesgo V) de su ingreso base de la cotización que corresponde al 40% del valor neto de los honorarios o remuneración pactada.
La cotización del trabajador independiente se realizará teniendo en cuenta la clase de riesgo del centro de trabajo de la empresa contratante y la propia de la labor ejecutada por el contratista. Se deberá seleccionar entre las dos la de mayor riesgo a la cual se encuentre expuesto el contratistae los trabajadores independientes


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